Buscando que sea tipificado como “Delito contra la intimidad personal”, el diputado Luis Armando Torres se pronunció a favor de este, cuando se difunda información a terceros sin consentimientos de los interlocutores o autorización judicial.

El legislador local indicó que este hecho tiene como respuesta un problema social que ha causado daños en la dignidad de las personas.

“La conducta que pretende sancionar con esta reforma, establece una sanción cuando se difunda información íntima a terceros sin el consentimiento de los interlocutores o sin autorización judicial, ya que este derecho se encuentra garantizado por nuestra Carta Magna en el artículo 16.

“Cuando una persona es afectada por esta conducta, se vulnera su derecho a la intimidad, esto se ha multiplicado por el acceso cada vez más fácil al uso de tecnologías, que, si bien es cierto, se trata de un derecho de acceso a la comunicación, también es cierto que existe el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones, por ello este Honorable Congreso del Estado debe actualizar el marco normativo estatal, para que se garantice el derecho de los ciudadanos”, indicó.

Señaló que de igual manera existen criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que han sentado importantes precedentes respecto el derecho a la vida privada.

“En general el criterio establece la obligación del Estado de adoptar medidas positivas para impedir que la intimidad personal y familiar se vulnere por personas ajenas, la cuales no fueron autorizados por el afectado, o bien, no se contaba con su consentimiento”, indicó Luis Armando Torres.

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